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MANUAL ALQUILER

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 Alquiler Urbano

Objetivos

En este temario vamos a exponer el derecho codificado español en materia de alquiler urbano, aclarando aquellos aspectos de mayor complejidad. Nuestra intención es dar, al usuario de nuestra web, la oportunidad de acercarse al Derecho de Arrendamientos Urbanos de un modo inteligible pero con el máximo rigor científico. Todo ello con la posibilidad de aclarar las dudas mediante nuestro Consultorio On-line.

                                             derechos humanos

Contenido

Vamos a acotar el contenido de este temario a los arrendamientos urbanos celebrados a partir del uno de enero del año 1995. Estos arrendamientos son los regulados por la Ley 29/1994 de 24 de noviembre, de Arrendamiento Urbanos, la cual es objeto de nuestra exposición. 

Debemos distinguir en el presente temario dos clases de alquileres; en primer lugar el ALQUILER DE VIVIENDA, y en segundo lugar el ALQUILER PARA USO DISTINTO de vivienda que puede definirse como aquel que se celebra por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y el que se celebra para ejecer en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que lo celebren.

A) General.

En este apartado exponemos las reglas jurídicas previstas en el Título IV de la Ley, las cuales son de obligado cumplimiento y cumunes tanto para el alquiler de vivienda como para el de uso dististo. Así, trataremos: la formalización del arrendamiento y la fianza.

B) Aquiler de Vivienda.

En este apartado exponemos las reglas jurídicas previstas en el Título II de la Ley, vinculantes exclusivamente para los alquileres de viviendas. Ello quiere decir, que ante cicunstancias no previstas en estas reglas regirá la voluntad de las partes, y en su defecto el Código Civil. Sin embargo, la voluntad de las partes será prioritaria, por encima de estas reglas y del Código Civil, cuando se trate de una vivienda suntuaria cuya superficie supera los trescientos metros cuadrados o cuya renta inicial, en cómputo anual, excede de 5´5 veces el salario mínimo interprofesional anual. 

Así, los temas que tratamos en este apartado son: el plazo mínimo,  la prórroga, el desistimiento, la resolución, la enajenación, que pasa en casos de separación y divorcio, o fallecimiento del arrendatario (inquilino). Determinación de la renta y actualización, elevación por mejoras de la renta, los gastos generales y de servicios individuales. Obligaciones y derechos respecto de la conservación, obras de mejora, obras del arrendatario, arrendatario con minusvalía, adquisición preferente, habitabilidad, incumplimiento y extinción del arrendamiento.

C) Aquiler para uso distinto de vivienda.

En este apartado exponemos las reglas jurídicas previstas en el Título III de la Ley, que son de aplicación a los alquileres de usos distentos al de vivienda. Sin embargo, estas reglas sólo rigen aquellas circunstancias no previstas por la voluntad de las partes, y sólo supletoriamente será de aplicación el Código Civil.

Los temas tratados en este apartado son: la venta del inmueble, la conservación y mejora, las obras del arrendatario, la preferencia en la adquisición, la cesión y subarriendo, la muerte del arrendatario (inquilino), la indemnización y la resolución de pleno derecho.




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Última modificación:10 de noviembre de 2005 Spain - España
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