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MANUAL COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

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Modificación de Pisos

Los pisos o locales y sus anejos podrán ser objeto de división material, para formar otros más reducidos e independientes, y aumentados por agregación de otros colindantes del mismo edificio, o disminuidos por segregación de alguna parte.

En tales casos se requerirá, además del consentimiento de los titulares afectados, la aprobación de la Junta de propietarios, a la que incumbe la fijación de las nuevas cuotas de participación para los pisos reformados, sin alteración de las cuotas de los restantes.





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Última modificación:10 de noviembre de 2005 Spain - España
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