



-
Reparto de bienes gananciales.
-
Pensiones a los
hijos y al
cónyuge.
- Total honorarios de Abogado.
- Total honorarios de Procurador.
No tendrá que pagar ni un euro más.
1. Un primer pago del 50 %, que deberá efectuarse tras la firma del convenio regulador en el despacho del procurador de su localidad.
2. El segundo y último pago se realizará tras la ratificación del convenio regulador ante el Juzgado.
* Precios vigentes desde el 27 de abril de 2009.

